Centro de datos Ambientales de la Acuicultura

El artículo 87 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura indica “a fin de tener un control en línea de los parámetros ambientales de las agrupaciones de concesiones acuícolas, deberán estas disponer de una tecnología que registre y transmita al menos indicadores de conductividad, salinidad, temperatura, profundidad, corrientes, densidad, fluorescencia y turbidez." El 6 de enero de 2020 se publicó en el Diario Oficial, el D.S. No 1 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo en el cual se indican las características del reglamento aprobado

Estaciones ACS

ACS Año inicio Rs.Ex. N° Región Proveedor Estado Historial
34 2022 3454-2021 Aysén tekfish
ver
28B 2023 1118-2023 Aysén tekfish
ver
1 2023 1118-2023 Los Lagos Innovex
ver
10A 2022 3454-2021 Los Lagos Innovex
ver
43A 2022 3454-2021 Magallanes Innovex
ver
50B 2023 1118-2023 Magallanes Innovex
ver
La información corresponde a datos brutos transmitidos por las estaciones de monitoreo, por lo cual pueden contener errores. Usar los datos con precaución. IFOP no se hace responsable pos su uso.
Simbología de estado
Operativa
Parcialmente Operativa
No Operativa